El Tribunal Constitucional ha notificado la recepción del recurso de amparo solicitado por la Asociación de Internautas (AI) contra la normativa sobre interceptación de las comunicaciones privadas, promulgada en abril de 2005.
Esta norma, incluida en el “Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios”, ofrecía cobertura jurídica al sistema integrado de interceptación de las comunicaciones (SITEL).
Los internautas denuncian que esta normativa “no tiene el rango legal, el apoyo parlamentario, que exige la Constitución Española para regular la limitación de derechos fundamentales, tales como el secreto de las comunicaciones, la protección de datos personales o la intimidad de las personas”.
Según la AI, la entrada en vigor de este reglamento permite al Estado "espiar" comunicaciones particulares "sin la cobertura legal necesaria". Asimismo, asegura que tampoco existe un "control judicial previo" que determine "límites" para afectar a los derechos fundamentales.
La asociación solicitó al Defensor del Pueblo llevar esta nueva Ley ante el Tribunal Constitucional, pero obtuvo una respuesta negativa al considerar esta institución que no se limitaban los derechos humanos "afectados". Además, la asociación recuerda que la resolución del Tribunal Supremo recurrida concluye que se trata de datos “accesorios que no afectan en ningún caso a derechos fundamentales”, posición no aceptada por la AI.